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El Gobierno establece las normas para el nuevo fondo de indemnizaciones mientras el mercado aguarda decisiones de Caputo

3 junio, 2026
in Economía
El Gobierno establece las normas para el nuevo fondo de indemnizaciones mientras el mercado aguarda decisiones de Caputo
El Gobierno ha dado un paso adelante con la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el cual entrará en funcionamiento el 1° de noviembre, y que funcionará como un mecanismo de ‘seguro’ para los empleadores frente a posibles indemnizaciones, además de fortalecer el mercado de capitales. Sin embargo, se indica que aún falta una decisión esencial del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre el límite de inversión permitido y la definición de los aspectos operativos por parte de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

El Decreto 408/2026, que fue publicado en el Boletín Oficial a inicios de esta semana, dejó varios puntos en el aire. En particular, el artículo 11, que se refiere a las políticas de inversión, estipula que las entidades autorizadas deberán conformarse a los límites que establezca el Ministerio de Economía conforme a la Ley N° 27.802, aunque dichos parámetros aún siguen sin determinarse.

Según fuentes consultadas del Palacio de Hacienda, el objetivo es asegurar la máxima liquidez posible en los fondos, aunque la decisión definitiva todavía no se ha tomado. “Es un límite de lo que podés hacer. La idea es que el fondo sea lo más líquido posible porque si no tenés que pagar una indemnización y no te vas a poder hacer del dinero”, comentaron desde el Ministerio de Economía.

Por su parte, los Agentes de Compensación y Liquidación (ALyCs) mantienen su expectativa en torno a los criterios y procedimientos que la CNV deberá definir y comunicar. “Necesitamos que la CNV nos indique cuál será el trámite para la aprobación de un fondo FAL, cuál es el reglamento de gestión base, en qué activos vamos a poder invertir y cuáles no, cómo será el procedimiento, y cómo se realizará la declaración jurada que el Fondo deberá recibir”, agregó otra fuente consultada de forma off the record.

En consultas previas sobre el progreso de la reglamentación, desde la CNV informaron que estaban a la espera de la publicación del decreto presidencial. Con la oficialización de este lunes, el organismo liderado por Roberto Silva ahora cuenta con el marco normativo necesario para avanzar.

Hasta el momento, el Decreto 408/2026 determina que el FAL será exclusivamente para empleadores del sector privado, excluyendo las relaciones laborales no cubiertas por la ley y dejando fuera al sector público. La regulación establece que cada empleador deberá abrir una cuenta individual en un fondo común de inversión o fideicomiso financiero autorizado por la CNV, donde se canalizarán los aportes mensuales. La cobertura solo se otorgará a trabajadores que hayan estado registrados de manera formal y continua durante al menos los doce meses anteriores a su desvinculación.

El proceso contempla que el empleador elija una entidad habilitada, abra la cuenta correspondiente y obtenga un identificador único, conocido como “ID FAL”. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de transferir las contribuciones mensuales a la cuenta respectiva, incluyendo este pago en la declaración unificada de la seguridad social. Si la empresa no informa el “ID FAL” en un mes determinado, la CNV asignará de oficio un fondo o fideicomiso, garantizando así la portabilidad y la continuidad del sistema.

En la práctica, las empresas deberán proporcionar el ID FAL para que ARCA pueda verificar la información y procesar el pago junto con la declaración unificada de la seguridad social. Si no cumplen con estas obligaciones en el tiempo estipulado, la CNV tomará de manera automática la administración del fondo, asegurando la continuidad operativa y la portabilidad de los recursos depositados.

La gestión de los fondos tendrá un límite de comisión del 1% anual sobre los activos, y las inversiones solo podrán dirigirse a instrumentos financieros y valores del mercado argentino. “No pueden asumir riesgos innecesarios, como invertir en empresas del exterior. Además, deben ser productos con liquidez, porque, si ocurre una ola de despidos, tenemos que garantizar la cobertura del fondo y la venta de instrumentos con liquidez en el mercado argentino”, sostuvo una fuente autorizada del sector.

Para el pago de indemnizaciones, el procedimiento se basa en la presentación de una declaración jurada electrónica por parte del empleador, quien asume la responsabilidad por el cálculo indemnizatorio. La entidad autorizada verifica los datos bancarios y registros del trabajador y realiza la transferencia de fondos en un plazo máximo de cinco días hábiles. El sistema también permite la migración de fondos a otra entidad habilitada y establece reglas claras para la transferencia de cuentas en contextos de reorganización societaria, cesión de personal o transferencia de establecimientos.

En caso de disolución o extinción de la cuenta, los recursos solo podrán ser restituidos al empleador si no existen contingencias laborales pendientes y tras la verificación de las autoridades competentes. El decreto incluye sanciones económicas para aquellos empleadores que incumplan con sus obligaciones, permitiendo a ARCA ejecutar el cobro fiscalmente y destinando las sanciones a los subsistemas de la seguridad social. Las cuentas del FAL estarán exentas del impuesto a los créditos y débitos bancarios, y el intercambio de información entre organismos estará protegido por garantías de confidencialidad y seguridad.

A pesar de los recientes avances que se conocieron este lunes, que sorprendieron a muchos, el sector privado sigue a la expectativa de definiciones sobre los límites de inversión y el procedimiento específico que la CNV debe implementar. La reglamentación avanza en la formalización del sistema y la asignación de responsabilidades, mientras que los actores del mercado esperan conocer en detalle los instrumentos autorizados y los trámites para su aprobación.

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