Estas modificaciones fueron implementadas a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 771/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, que altera varios artículos de la Ley de Ministerios.
Uno de los cambios más relevantes indica que el Ministerio de Economía tendrá a su cargo “la fiscalización sanitaria de la producción agropecuaria, forestal y pesquera”, además de encargarse de la “normalización, registro y control de la sanidad, calidad higiénico-sanitaria e inocuidad” de productos agroalimentarios, que incluyen bebidas, aguas minerales, artículos dietéticos y alimentos acondicionados a lo largo de todas las etapas de producción, almacenamiento, transporte, comercialización, importación y exportación.
Simultáneamente, el decreto establece que el Ministerio de Salud debe “intervenir en la normatización y rectoría en materia de alimentos, dentro de su ámbito de competencia”.
Los fundamentos de esta decisión resaltan que corresponde a la cartera sanitaria ejercer dicha función para asegurar que las políticas relacionadas con los alimentos se enfoquen en la “protección y promoción de la salud de la población”.
La norma también reconfigura las responsabilidades relacionadas con productos de higiene, cosmética y uso doméstico. De ahora en adelante, Salud continuará supervisando los medicamentos, productos biológicos, drogas, hierbas medicinales y materiales de aplicación médica, tomando parte en “la determinación de las sustancias prohibidas y de uso condicionado de los productos de higiene, tocador, cosmética humana y de uso doméstico”.
Otro de los aspectos destacados en este decreto se refiere a la ludopatía. El Gobierno ha establecido que el Ministerio de Salud debe “entender en el diseño y ejecución de políticas públicas relacionadas con la prevención y tratamiento en materia de consumo de sustancias psicoactivas”, así como en la “prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral de la ludopatía en juegos de azar y apuestas”.
Para justificar esta decisión, el decreto hace referencia al Séptimo Estudio Nacional sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en Estudiantes de Enseñanza Secundaria Argentina 2025, que indica que más de una cuarta parte de los estudiantes ha participado en apuestas con dinero en el último año. Se añade que “la prevalencia es significativamente superior en las modalidades desarrolladas mediante plataformas digitales”.
En los considerandos, el Gobierno describe a la ludopatía como un trastorno caracterizado por la “pérdida de control sobre la conducta de juego”, la persistencia de dicha conducta a pesar de las consecuencias adversas y el deterioro progresivo de la salud mental, la economía personal y familiar, las relaciones sociales, así como el rendimiento educativo y laboral.
También afirma que la ludopatía posee “características comunes con otros consumos problemáticos” y subraya que la prevención, detección temprana, asistencia y rehabilitación de las personas afectadas son intervenciones que forman parte de las políticas públicas de salud.







