Impulsada por el senador Eduardo Vischi, la propuesta está dirigida a empresas de tamaño intermedio que quedan por debajo de los umbrales del RIGI y fuera de otros esquemas de promoción vigentes.
El régimen contempla beneficios impositivos, entre ellos la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales de IVA. A la vez, excluye las inversiones en activos financieros, de cartera y bienes de cambio.
Podrán acceder empresas que superen los límites establecidos para la categoría de mediana empresa tramo 2 y realicen inversiones productivas por al menos 12 millones de dólares.
Al presentar su iniciativa, Vischi sostuvo que busca dar respuesta a un segmento empresario que no encuentra lugar en los programas de promoción existentes.
“Quedaba un bache de inversores con posibilidades de desarrollar fundamentalmente las economías regionales”, señaló el senador.
El propósito, explicó, es “promover proyectos de desarrollo industrial, agregado de valor a las materias primas y fortalecimiento de las cadenas productivas, especialmente en las economías regionales”.
También destacó el efecto que espera sobre “el desarrollo productivo, las exportaciones, el empleo y la posibilidad de generar más riquezas”.
Entre los principales beneficios previstos figuran:
– Amortización acelerada en Ganancias para bienes y equipos nuevos destinados a actividades productivas, con especial consideración para inversiones en riego agrícola y eficiencia energética.
– Devolución anticipada de créditos fiscales de IVA, una vez cumplidos tres meses desde su generación.
– Inclusión de inversiones productivas para adquirir, fabricar o importar bienes muebles nuevos, salvo automóviles, y para realizar obras destinadas directamente a actividades productivas.
Vischi aclaró que la propuesta no supone una rebaja impositiva, sino que permite disponer antes de ciertos recursos para volver a invertirlos. “Ese beneficio apunta no a cobrar menos impuestos, sino a adelantar recursos para que puedan ser, de alguna forma, reinvertidos en la misma producción”, afirmó.
El proyecto excluye expresamente las inversiones especulativas y concentra los incentivos en las actividades productivas y el fortalecimiento de las cadenas de valor.
“Este proyecto veda todo tipo de inversión que tenga que ver con la especulación”, sostuvo el senador.
Además, establece que una misma inversión no podrá combinar los beneficios del RIIR con los del RIGI ni con los de otros regímenes de incentivo.
La iniciativa considera productivas la adquisición, elaboración, fabricación o importación de bienes muebles nuevos, excepto automóviles, siempre que sean amortizables en el Impuesto a las Ganancias. También incluye las obras destinadas directamente al desarrollo de actividades productivas en el país.
Quedan afuera las inversiones en activos financieros, de cartera y bienes de cambio. Sin embargo, el proyecto prevé excepciones al mínimo general de 12 millones de dólares: podrán ingresar al régimen, sin importar el monto invertido, los sistemas y equipos de riego, los bienes de alta eficiencia energética, las mallas antigranizo y los bienes semovientes.







