Con esta reforma, se establecen como beneficiarias permanentes a la Región Patagónica, al departamento de Malargüe en Mendoza y a la región de la Puna. En contraste, el resto de las áreas que habían sido sumadas en la ampliación de 2021 ya no contarán con descuentos generalizados, que estarán sujetos a criterios socioeconómicos y climáticos.
Según lo estipulado en la normativa, este nuevo sistema continuará vigente hasta el 31 de diciembre de 2031.
La modificación reemplaza el artículo 75 de la Ley 25.565, que regula el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, excluyendo a 94 municipios de la provincia de Buenos Aires que habían sido añadidos en la ampliación de 2021. Esta situación afectará a aproximadamente 3,35 millones de usuarios a nivel nacional, quienes perderán el beneficio automático.
Los hogares de las zonas sumadas en 2021 ya no podrán disfrutar del descuento automático solo por su localización. En cambio, podrán solicitar una bonificación adicional si cumplen con los criterios del nuevo Régimen de Subsidios Focalizados.
Entre los municipios que se ven impactados por este cambio se encuentran Bahía Blanca, Mar del Plata, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Tres Arroyos, Junín, Pergamino, Pilar, San Nicolás, San Pedro, Balcarce, Cañuelas, Chivilcoy y Coronel Suárez.
La normativa contempla que esta asistencia estará disponible para usuarios residenciales en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, definidas conforme a la norma IRAM 11.603. Además, será necesario estar inscripto en el régimen correspondiente.
Para acceder a la bonificación adicional, los usuarios deberán estar registrados en el Régimen de Subsidios Focalizados, residir en las subzonas bioambientales descritas por la ley y no pertenecer a la Patagonia, Malargüe o la Puna, donde se preserva el beneficio histórico.
Asimismo, será necesario cumplir con al menos una de las condiciones exigidas, aunque la ley todavía no precisa el mecanismo de inscripción ni el proceso para verificar las condiciones requeridas, responsabilidad que recaerá en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía.
El financiamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas provendrá de un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, aplicándose al consumo y comercialización del gas por redes o ductos en todo el país.
Quedarán exentos de este pago el gas destinado a exportación, incluyendo el gas natural licuado, y el GNL importado que ingrese al sistema tras su regasificación.
El Poder Ejecutivo podrá ajustar este recargo, aumentado o disminuyéndolo hasta un 50%. Por otro lado, la normativa estipula que los productores de gas serán los responsables de la percepción de los fondos y que estos deberán ser transferidos al fondo fiduciario.
Además, la reforma altera la base sobre la cual se aplicará la bonificación en la factura. El subsidio ya no se calculará sobre el total de la boleta, sino que se limitará al precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, conocido como PIST. Esto significa que otros cargos, como distribución, transporte e impuestos, no se verán alcanzados por el descuento, lo que podría incrementar el monto final que abonarán incluso los usuarios de las regiones que continúen con el régimen histórico.







