Esta denuncia se origina tras la cadena nacional de la semana pasada y la posterior publicación del Decreto 868/2026 en el Boletín Oficial, que introduce modificaciones a la aplicación de la Ley 26.659, aprobada en 2011 por el entonces legislador Fernando Pino Solanas. Esta ley regula las actividades en la Plataforma Continental Argentina y establece sanciones para aquellos que operen sin la debida autorización de las autoridades nacionales.
La Procuración del Tesoro, en defensa de los intereses del Estado, argumenta que es responsabilidad del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal empezar una investigación penal para esclarecer los hechos vinculados al Proyecto Sea Lion y las licencias asociadas en la Cuenca Malvinas Norte, dentro de la Plataforma Continental Argentina, sin haber obtenido permisos o concesiones correspondientes del Estado Nacional.
En la denuncia se menciona: “Vengo a formular denuncia penal por la posible comisión de delitos de acción pública… contra las sociedades ‘Navitas Petroleum Development & Production Ltd.’ y ‘Navitas Petroleum Atlantic Limited’… ‘Navitas Petroleum LP’… ‘JHI Associates Inc.’… y ‘Eco (Atlantic) Oil & Gas Ltd.’…”.
También se dirige la denuncia contra los directores, administradores, representantes y cualquier persona física que haya intervenido en las decisiones relacionadas con las actividades denunciadas. A lo largo del documento se aclara que no se busca imputar de manera definitiva a determinadas personas, sino informar a la Justicia Federal sobre hechos que podrían constituir delitos de acción pública.
La base de la denuncia es el reciente conocimiento del Estado Nacional sobre el “inminente inicio de actividades de explotación hidrocarburífera offshore” correspondientes al Proyecto ‘Sea Lion’, que se desarrolla en la Cuenca Malvinas Norte. Según la documentación presentada, el proyecto alcanzó la llamada Final Investment Decision (FID) y se prevé el inicio de la producción comercial de hidrocarburos para 2028, con la perforación de once pozos submarinos conectados a una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga (FPSO).
El pedido de investigación se focaliza en las empresas que poseen licencias otorgadas por autoridades británicas en las Islas Malvinas, así como en sus sociedades controlantes o vinculadas, como Navitas Petroleum Development & Production Ltd., Navitas Petroleum Atlantic Limited, Navitas Petroleum LP, JHI Associates Inc. y Eco (Atlantic) Oil & Gas Ltd. Además, se incluye cualquier otra sociedad del mismo grupo económico que haya participado en el proyecto.
Entre las personas que se cree responsables se encuentran directores, administradores y representantes que hayan tomado decisiones operativas, financieras o jurídicas. Se solicitó que la justicia federal penal evalúe la adecuación de estas conductas a los artículos 7, 8 y 9 de la Ley N.º 26.659, así como posibles delitos adicionales que puedan surgir, como infracciones a la Ley de Residuos Peligrosos y el Código Aduanero.
El objetivo de este procedimiento es que la Justicia Federal identifique a los responsables, determine el grado de implicación de cada actor y tome las medidas cautelares y probatorias necesarias para proteger los derechos soberanos del Estado sobre sus recursos naturales. El Gobierno sostiene que se ha infringido la ley N.º 26.659, que penaliza a quienes llevan a cabo actividades de búsqueda, exploración, extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos en la plataforma continental sin el permiso correspondiente.
La denuncia establece tres niveles de imputación según esta norma: el artículo 7 castiga la exploración y extracción sin autorización, con penas de prisión, multas, inhabilitación y decomiso; el artículo 8 implica la responsabilidad de las personas que toman decisiones; y el artículo 9 se refiere a las sanciones que pueden recaer sobre las empresas involucradas.
Al concluir la denuncia, se solicita que no se desestime la investigación de otros delitos vinculados, como los previstos en la Ley de Residuos Peligrosos y posibles figuras como asociación ilícita o lavado de activos. Además, se pide el inicio de la cooperación internacional para esclarecer la estructura corporativa de las empresas implicadas y la implementación de medidas cautelares para asegurar el decomiso de bienes y ganancias obtenidas de manera ilegal.







