Esta denuncia fue presentada originalmente por la ex gobernadora María Eugenia Vidal y luego Medina recibió apoyo de sectores vinculados al kirchnerismo.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el tribunal superior respaldó las conclusiones de la Procuración General, que había criticado el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que decidió cerrar el caso, considerándolo “arbitrario” y “prematuro”. El Ministerio Público busca llevar a juicio al sindicalista.
Medina había sido arrestado en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes, Luis Armella, quien lo procesó por “asociación ilícita”, “lavado de dinero” y “extorsión”, estableciendo además un embargo de 200 millones de pesos. En febrero de 2020, el dirigente recibió prisión domiciliaria, que cumplió en su residencia de Ensenada. Sin embargo, un año después, fue liberado por el Tribunal Oral Federal 2, aunque fue nuevamente detenido tras incurrir en una violación de las condiciones impuestas, específicamente la prohibición de participar en actividades gremiales.
El caso estaba preparado para ser juzgado por el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata, pero en octubre de 2022, el juez Alejandro Smoris, actuando de manera unipersonal y renunciando dos meses después, declaró nula toda la causa y sobreseyó a Medina y a otros acusados. El juez argumentó que la acusación era el resultado de un entramado elaborado por la mesa de la “Gestapo”, mencionado en denuncias realizadas por la AFI durante el gobierno de Alberto Fernández, que se estaba indagando en otro expediente paralelo. En este contexto, se aludía a un encuentro en 2017 en la sede del Banco Provincia en la Capital Federal entre funcionarios del gobierno de Vidal y empresarios de la construcción, donde se discutieron formas de iniciar causas judiciales contra Medina.
Según Smoris, la situación del sindicalista era el resultado de delitos investigados en un caso paralelo, señalando que era consecuencia de actividades de inteligencia ilegal perpetradas por múltiples funcionarios de altos cargos, que actuaron al margen de las normativas del debido proceso y en detrimento de los principios esenciales que rigen la justicia en un Estado Republicano.
La fiscalía apeló esta resolución. La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, mediante los votos de los jueces Angela Ledesma y Alejandro Slokar, y la disidencia de Guillermo Yacobucci, ratificó la nulidad de la causa y los sobreseimientos. El fiscal Raúl Pleé presentó un recurso extraordinario contra esta decisión, sosteniendo que los sobreseimientos privan al Ministerio Público Fiscal de su deber constitucional de promover la justicia y obstaculizan la búsqueda de la verdad en un juicio oral y público.
Los magistrados atendieron el recurso del Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, y anularon la sentencia impugnada. La causa regresará ahora a la Cámara de Casación, donde se evaluarán los argumentos de la fiscalía con una nueva composición de jueces.


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