El esquema también contempla un pago no remunerativo único que puede alcanzar hasta $20.000, dependiendo de las horas trabajadas por semana, y este monto se integrará de forma gradual al salario básico.
Los montos corresponden a las escalas especificadas en los anexos de la Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, divulgada recientemente en el Boletín Oficial. En agosto, además, se estipula una suma extraordinaria que varía entre $8.000, $11.500 y $20.000, según la cantidad de horas trabajadas.
Durante agosto, se registró un incremento del 1,9% en las remuneraciones mínimas. Los nuevos valores para ese mes son los siguientes:
Supervisores: con retiro, $4.523,11 por hora y $564.246,70 mensuales; sin retiro, $4.920,89 por hora y $624.313,90 mensuales.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.303,50 por hora y $526.829,56 mensuales; sin retiro, $4.684,53 por hora y $582.283,26 mensuales.
Caseros: $4.072,38 por hora y $514.903,51 mensuales, exclusivamente bajo la modalidad sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas, como niñeras: con retiro, $4.072,38 por hora y $514.903,51 mensuales; sin retiro, $4.520,15 por hora y $569.593,41 mensuales.
Personal para tareas generales: con retiro, $3.804,66 por hora y $466.756,24 mensuales; sin retiro, $4.072,38 por hora y $514.903,51 mensuales.
Además, se determinó en agosto un monto no remunerativo único para todos los trabajadores, tanto con retiro como sin retiro. Este es de $8.000 para aquellos que trabajan menos de 12 horas semanales, $11.500 para quienes trabajan entre 12 y menos de 16 horas, y $0 para quienes cumplen 16 horas semanales o más.
Para septiembre, el incremento se establece en un 1,8%. La escala se ajusta de la siguiente manera:
Supervisores: con retiro, $4.645,33 por hora y $579.493,14 mensuales; sin retiro, $5.049,58 por hora y $640.641,55 mensuales.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.422,54 por hora y $541.402,49 mensuales; sin retiro, $4.809,80 por hora y $597.854,36 mensuales.
Caseros: $4.185,94 por hora y $529.261,78 mensuales, sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $4.185,94 por hora y $529.261,78 mensuales; sin retiro, $4.641,90 por hora y $584.936,09 mensuales.
Personal para tareas generales: con retiro, $3.914,64 por hora y $480.247,85 mensuales; sin retiro, $4.185,94 por hora y $529.261,78 mensuales.
A partir de septiembre, se comenzará a integrar progresivamente al salario básico el 25% del monto extraordinario abonado en agosto.
En octubre, se prevé un aumento del 1,7%. Los nuevos mínimos serán:
Supervisores: con retiro, $4.805,82 por hora y $599.514,52 mensuales; sin retiro, $5.215,59 por hora y $661.702,46 mensuales.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.580,80 por hora y $560.776,33 mensuales; sin retiro, $4.973,38 por hora y $618.187,89 mensuales.
Caseros: $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales, sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales; sin retiro, $4.801,52 por hora y $605.050 mensuales.
Personal para tareas generales: con retiro, $4.064,08 por hora y $498.582,06 mensuales; sin retiro, $4.337,53 por hora y $548.429,23 mensuales.
Este mes se sumará al salario básico el 50% de la suma no remunerativa correspondiente a agosto, según el esquema informado.
Noviembre traerá otro ajuste, esta vez del 1,6%. Los nuevos salarios quedarán de la siguiente forma:
Supervisores: con retiro, $4.928,28 por hora y $614.791,27 mensuales; sin retiro, $5.344,33 por hora y $678.036,40 mensuales.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.700,21 por hora y $575.394,53 mensuales; sin retiro, $5.098,84 por hora y $633.782,08 mensuales.
Caseros: $4.451,49 por hora y $562.837,52 mensuales, sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $4.451,49 por hora y $562.837,52 mensuales; sin retiro, $4.923,50 por hora y $620.420,85 mensuales.
Personal para tareas generales: con retiro, $4.174,62 por hora y $512.142,96 mensuales; sin retiro, $4.451,49 por hora y $562.837,52 mensuales.
En noviembre se finalizará la integración del 25% restante de la suma correspondiente a agosto, de acuerdo al esquema establecido.
El último aumento del esquema es también del 1,6%, lo que lleva los salarios mínimos hasta los siguientes valores:
Supervisores: con retiro, $5.007,14 por hora y $624.627,93 mensuales; sin retiro, $5.429,84 por hora y $688.884,98 mensuales.
Personal para tareas específicas: con retiro, $4.775,41 por hora y $584.600,84 mensuales; sin retiro, $5.180,42 por hora y $643.922,59 mensuales.
Caseros: $4.522,71 por hora y $571.842,92 mensuales, sin retiro.
Asistencia y cuidado de personas: con retiro, $4.522,71 por hora y $571.842,92 mensuales; sin retiro, $5.002,28 por hora y $630.347,58 mensuales.
Personal para tareas generales: con retiro, $4.241,42 por hora y $520.337,24 mensuales; sin retiro, $4.522,71 por hora y $571.842,92 mensuales.
Así, diciembre concluirá con el esquema de aumentos mensuales definido para el período.
La escala considera cinco categorías. Los supervisores son aquellos responsables de coordinar y supervisar el trabajo de dos o más empleados a su cargo.
El personal para tareas específicas incluye a los cocineros contratados exclusivamente para esa tarea y a quienes realizan otras funciones domésticas que requieren habilidades particulares.
Los caseros son quienes se ocupan de labores de mantenimiento y cuidado de una vivienda donde residen por su vínculo laboral.
La categoría de asistencia y cuidado de personas abarca el cuidado no terapéutico de individuos con enfermedades, discapacidades, infantes, adolescentes y adultos mayores.
Por último, el personal general incluye actividades de limpieza, lavandería, planchado, mantenimiento y preparación de alimentos, así como cualquier otra tarea habitual del hogar.
Si una trabajadora realiza tareas de más de una categoría, se le aplicará la que corresponda en función de su actividad principal.
Los valores mínimos establecidos pueden ser incrementados por un adicional del 31% en zonas desfavorables. Esta disposición afecta a quienes laboran en regiones como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y en el partido bonaerense de Patagones.
La escala incluye los montos mínimos para cada categoría y modalidad, pero los salarios finales pueden variar según las circunstancias específicas de cada contrato laboral.







