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Caputo defendió la deuda de US$ 5.000 millones como un refinanciamiento

24 junio, 2026
in Economía
Caputo defendió la deuda de US$ 5.000 millones como un refinanciamiento
El ministro de Economía, Luis Caputo, detalló el decreto que faculta al Gobierno a contraer deuda por hasta US$ 5.000 millones, asegurando que no se trata de “nueva deuda”, sino de un “refinanciamiento” a una tasa más favorable.

El titular de Hacienda respondió a un usuario en redes sociales que lo acusó de incrementar la deuda del país bajo el Decreto 478/2026 del Boletín Oficial, que establece esta disposición.

Caputo enfatizó que esta acción no representa una nueva obligación financiera, sino que se trata de un refinanciamiento que permitirá acceder a una tasa más baja. “No es nueva deuda, sino refinanciamiento, y al 6% de tasa. O sea, un ahorro enorme para los argentinos en comparación con las tasas a las que ustedes endeudaron al país”, afirmó Caputo en respuesta al usuario.

La acusación original señala que el ministro había sumado dicha deuda “bajo ley yanqui”. En este contexto, Caputo criticó al gobierno kirchnerista por haber endeudado a la Argentina en US$ 177.000 millones a tasas del 45% en dólares hasta el año 2030.

Asimismo, mencionó que la administración actual ha cancelado deuda por US$ 20.000 millones debido a que lograron cerrar un déficit consolidado de 15 puntos del PIB (Producto Interno Bruto) heredado del mandato anterior.

Recientemente, el Gobierno dio luz verde para realizar operaciones de endeudamiento público por un máximo de US$ 5.000 millones, cediendo jurisdicción a Nueva York. Según lo estipulado en el Boletín Oficial, esta medida tiene como objetivo reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional a través de préstamos con entidades financieras internacionales, los cuales contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito.

El decreto también autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera a agregar cláusulas de prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales federales y estatales de Nueva York. Esto significa que la Argentina renuncia a invocar la defensa de inmunidad de jurisdicción ante posibles litigios surgidos en esta sede judicial en relación con dichos contratos, aunque se establecen ciertos límites para proteger el patrimonio nacional.

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