De acuerdo a la resolución a la que hemos tenido acceso, Cirulnik fue declarado responsable de siete casos de abuso sexual, violación y corrupción de menores, ocurridos entre 1975 y 2004. Las víctimas, todas menores en el momento de los hechos, eran alumnos de la escuela ORT, así como de otros establecimientos educativos y clubes de la comunidad judía, además de ser pacientes en los consultorios donde el profesional desempeñaba su labor como pediatra.
La condena, que ya es definitiva, había sido emitida por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 41 el 30 de noviembre de 2023. La investigación se inició a raíz de denuncias presentadas en 2018 y el tribunal estableció la responsabilidad de Cirulnik en abusos llevados a cabo en perjuicio de siete personas, entre las que se encuentran D. S., L. M. K., M. F., G. R., E. D. B. y G. E. S. Los delitos incluían acceso carnal, tocamientos, manipulaciones sexuales y actitudes de corrupción de menores, todos agravados por la posición de Cirulnik como responsable del cuidado de las víctimas.
Según el fallo de la Cámara Nacional de Casación, los jueces Pablo Jantus, Alberto Huarte Petite y Gustavo Bruzzone validaron el procedimiento conocido como ‘juicio por la verdad’, que se habilitó tras la prescripción de la acción penal debido al tiempo transcurrido. Los magistrados afirmaron que la imposibilidad de imponer una pena no libera al Estado de su deber de investigar y establecer la verdad sobre las denuncias formuladas.
Este proceso permitió la recopilación de testimonios y pruebas, concluyendo con la declaración de responsabilidad de Cirulnik.
Además, la sentencia incluyó medidas reparatorias para las víctimas: la publicación de la sentencia en el Centro de Información Judicial, la difusión de la parte dispositiva en el Boletín Oficial, y la notificación de la resolución al Ministerio de Salud, al Ministerio de Educación y a las autoridades escolares, a quienes se les instó a implementar acciones preventivas para evitar la repetición de situaciones similares.
La defensa de Cirulnik había cuestionado la legalidad del procedimiento, la imparcialidad de los jueces y la validez de los testimonios, argumentando que el acusado no participó en el proceso por considerar que la acción penal estaba extinguida. Sin embargo, la Cámara de Casación desestimó estos argumentos, subrayando la coherencia de las pruebas y la gravedad de los hechos.
En su fallo, los magistrados enfatizaron que ‘la prescripción de la acción penal no impide que el Estado determine la veracidad de hechos denunciados por víctimas de abusos sexuales’ y que ‘el acceso a la justicia es un derecho reconocido por los tratados internacionales’. Asimismo, el tribunal destacó que no se puede permitir la impunidad de los delitos de esta naturaleza.







