El proyecto de modificación del Código Contravencional (Ley 1.472) y de la Ley de Procedimiento Contravencional (Ley 12) establece multas que superan los $7 millones por conducir alcoholizado, multas de hasta $58 millones por venta ilegal en el espacio público, y hasta 90 días de arresto para trapitos reincidentes. Además, se agregarán sanciones por acoso callejero, estafas digitales y la tenencia de elementos destinados a generar disturbios, y se expanden las sanciones accesorias para eventos masivos, tránsito, apuestas y protección animal. “No vamos a mirar para otro lado. En la Ciudad hay consecuencias”, destacó el ministro de Justicia, Gabino Tapia.
Entre las reformas más relevantes se encuentra el incremento general de las penas. Las multas serán elevadas, además aumentará el tiempo de trabajo comunitario y el periodo de arresto para diversas contravenciones, junto con un mayor arsenal para asegurar el cumplimiento de las sanciones. Por ejemplo, quien genere ruidos molestos, como música a alto volumen en espacios comunes, puede ser multado con hasta 600 unidades fijas, realizar entre tres y quince días de tareas comunitarias y enfrentar hasta diez días de arresto.
Asimismo, las sanciones para quienes conduzcan en estado de ebriedad se incrementarán, pasando de un rango de entre 300 y 1000 unidades fijas a uno de hasta 6000, superando los $7 millones en la sanción máxima. El arresto podría ampliarse de cinco a treinta días, y la inhabilitación para conducir podría llegar a cuatro años. En cuanto a la venta ilegal en espacios públicos, las multas podrían ascender hasta 50.000 unidades fijas, equivalentes a más de $58 millones.
El proyecto también contempla sanciones para quienes usen credenciales falsas para hacerse pasar por agentes de autoridad, financien contravenciones recurrentes o agrupaciones que cometan irregularidades, interfieran sistemas de videovigilancia pública o mantengan elementos que puedan provocar disturbios.
En lo relacionado con la reincidencia, la reforma establece un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público y aplica agravantes progresivos para infractores reincidentes. Las sanciones aumentarán un 50% en la primera reincidencia, un 66,6% en la segunda y se duplicarán a partir de la tercera. Además, el concepto de reincidencia se amplía, permitiendo que se computen faltas similares de manera habitual en el espacio público. En principio, los reincidentes no podrán acceder a arresto domiciliario. En lo que respecta a los trapitos, las penas podrían extenderse a 90 días de arresto por reincidencia.
La reforma elimina la condena en suspenso y suprime la suspensión del proceso a prueba (conocida como probation) para adultos como mecanismo alternativo de resolución. El plazo de prescripción para acciones contravencionales se mantendrá en dos años. Para los adolescentes, la probation se conservará, aunque supeditada a cumplir reglas de conducta, reparar el daño y continuar en el ámbito educativo.
En lo referido a menores de edad, el cambio más significativo consiste en permitir que los jóvenes, a partir de los 14 años, sean considerados responsables de contravenciones, aunque no podrán ser detenidos y deberán disponer de defensa legal especializada. Las medidas estarán orientadas hacia la educación, integración social y reparación del daño. Las sanciones podrían incluir amonestaciones, seguimiento por equipos interdisciplinarios, programas educativos, capacitación laboral, tareas comunitarias ajustadas a la edad y acciones para reparar los daños ocasionados.







