En un comunicado divulgado en la red social X, se indicó: “Actualizamos los criterios de selección de donantes con estándares científicos y de seguridad internacionales. Ahora se evalúan conductas individuales, con criterios objetivos y basados en evidencia. Además, avanzamos con la informatización de los registros y la trazabilidad de todo el proceso, desde la donación hasta la transfusión”.
“La donación voluntaria permite contar con sangre segura y disponible cuando se necesita. Una sola donación puede salvar hasta 4 vidas. Agendar un turno y donar es una forma simple y concreta de ayudar”, añadió.
El pasado 30 de abril, el Ministerio de Salud realizó una actualización de las normas administrativas y técnicas que regulan el Sistema Nacional de Sangre. Este cambio, emblemático tras una década sin modificaciones, busca modernizar todo el proceso de donación y transfusión de sangre, así como el funcionamiento de los servicios de hemoterapia, inmunohematología y terapia celular en el país, garantizando así una mayor seguridad tanto para pacientes como para donantes.
De acuerdo a la información proporcionada, esta iniciativa reemplaza el modelo de donación de reposición, que estaba vinculado a un paciente específico, por un enfoque de donación 100% voluntaria y habitual. Asimismo, se prohíbe de manera explícita condicionar la atención médica o las intervenciones quirúrgicas a la presentación de donantes por parte del paciente o sus familiares. Las donaciones dirigidas a un paciente en particular solo estarán permitidas si cuentan con una justificación terapéutica.
De esta forma, se elimina la responsabilidad que recaía en los pacientes y sus familiares para conseguir donantes, aumentando así la seguridad transfusional, dado que los donantes voluntarios y habituales tienen una menor prevalencia de infecciones transmisibles.
La normativa actualiza además los criterios para la selección de donantes, eliminando restricciones antiguas y discriminatorias. Este nuevo marco normativo propone una evaluación basada únicamente en las conductas del donante, como ciertas prácticas sexuales o el uso de drogas, así como la evidencia científica, eliminando el requisito de ayuno previo y recomendando el consumo de al menos 500 ml de agua o bebidas isotónicas media hora antes de la extracción.
Gracias a las mejoras en las pruebas de tamizaje, también se redefinen los tiempos de espera para donar, según factores de riesgo. Por ejemplo, se diferirá la donación por seis meses para aquellos que hayan tenido una nueva pareja sexual o varias parejas en los últimos tres meses, así como en casos de relaciones sexuales anales, la utilización de profilaxis previa o posterior a la exposición, o si se han realizado tatuajes, piercings o tratamientos estéticos invasivos, entre otras condiciones.
La nueva normativa establece un modelo de red integrada de sangre, garantizando procesos coordinados, trazabilidad y mayor capacidad de respuesta. Para ello, se fortalece los Centros Regionales de Hemoterapia y se establece la desactivación progresiva de los Bancos de Sangre Intrahospitalarios, con el objetivo de alcanzar mayores estándares de eficiencia, costo-efectividad y seguridad transfusional.
Asimismo, se requiere que todos los centros de hemoterapia, bancos de sangre y servicios de medicina transfusional en el país implementen sistemas de registro informatizado y trazabilidad. Esto asegura que cada etapa del proceso, desde la promoción de la donación hasta la entrega de la sangre al paciente, esté debidamente protocolizada, controlada y auditada.
Un avance destacado en esta norma es la incorporación de nuevos lineamientos regulatorios para el procesamiento de terapias celulares y componentes especiales como el Plasma Rico en Plaquetas (PRP) y el Suero Autólogo Oftalmológico (SAO). Con esta reforma, el Estado Nacional asume la responsabilidad de gobernanza, garantizando que su producción se lleve a cabo exclusivamente en establecimientos autorizados conforme a la Ley de Sangre.
La nueva normativa entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y las instituciones tienen un plazo máximo de dos años para llevar a cabo las modificaciones tecnológicas y estructurales necesarias.







